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Los derecho del conductor ante la prueba de la alcoholemia. La medición del alcohol por aire espirado se realiza mediante unos aparatos denominados etilómetros. En los casos en los que la primera medición fuese positiva, se realizará una segunda, dejando transcurrir entre ambas al menos 10 minutos. En estos casos, los conductores tenemos derecho a: Pedir que otra persona que se halle presente compruebe que entre ambas mediciones transcurren al menos 10 minutos. Formular por nosotros mismos, o por medio de algún acompañante, las alegaciones que consideremos oportunas y de las que debe dejarse constancia en la diligencia que se expida. Contrastar los resultados obtenidos con el etilómetro mediante un análisis de sangre. Si el resultado del análisis también es positivo, estaremos obligados a abonar los gastos derivados de su realización; en caso contrario, los gastos correrán por cuenta de la administración.
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